POESÍA, DARDOS Y CARCEL
En época escolar quién no hizo alguna vez un acróstico por el día de la madre, del padre o del maestro para denotar "poéticamente" afecto por nuestros seres queridos? La finalidad del acróstico no es otra que componer un mensaje "oculto" dentro de un texto
En redes sociales circula un video en el que dos sujetos en un medio de comunicación, utilizando un acróstico y dardos, infunden expresiones negativas contra un dirigente indígena.
Miré el video varias veces, y apartándome de la carga ideológica, política y judicial, existen palabras de grueso calibre que pueden comprometer la honra de una persona, por poner un ejemplo le dicen textualmente "guerrillero".
Más allá del odio, racismo y xenofobia que replican las redes sociales, nuestra ley es clarísima. La persona que por cualquier medio profiera expresiones en descrédito o deshonra en contra de otra, será sancionada con 15 a 30 días de pena privativa de libertad.
¿Sirven las disculpas? En mi criterio no. La retractación cabe en delitos de calumnia, por ejemplo cuando se le hace una falsa imputación de un delito contra una persona.
Si Ud. le dice públicamente "violador" o "ladrón" a alguien, sin tener sentencia que lo declare, se expone al delito de calumnia. El caso de #LaPosta es patético, vierten mensajes ocultos, y cuando se dan cuenta del riesgo que corren, piden perdón.
No defiendo al afectado, todo lo contrario, lo cuestioné por los abusos que cometió años atrás liderando movilizaciones en Quito. Mi punto de vista es objetivo, pero si de dardos y acrósticos se trata, la cárcel estaría llena de poetas.
#LaLeyClarita
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